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Acuerdo del TACPA, en el cual declara ilegal la instrumentación de un proceso de remunicipalización mediante encargo de gestión a un Consorcio que pone disposición del Ayuntamiento un medio del que no participa
10/07/2017
El Acuerdo 75/2017 resuelve un recurso especial interpuesto por un concejal del Ayuntamiento de Huesca.

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón publica el Acuerdo 75/2017, de 4 de julio de 2017 por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por D. Gerardo Oliván Bellosta, concejal del Excmo. Ayuntamiento de Huesca, frente a la decisión del Pleno Municipal del Ayuntamiento de Huesca de 31 de mayo de 2017, que aprueba la encomienda de gestión del servicio de limpieza viaria del municipio de Huesca al Consorcio para la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Agrupación núm. 1 de Huesca, a través de su medio propio, la empresa pública GRHUSA.

El tribunal administrativo se declara competente al utilizar el concepto de decisión amplio fijado por el TJUE. Analiza la instrumentación de la figura del medio propio y sus condicionantes y declara la nulidad de la decision impugnada.

Para ver el Acuerdo completo, consulte el documento adjunto a la noticia.