Opinión
Texto adaptado de la conferencia magistral impartida en la 20º Conferencia Anual de la Red Interamericana de Compras Gubernamentales (RICG), el 12 de Agosto de 2026.
En su reciente Sentencia nº 426/2026 de 9 de abril de 2026, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo delimita los límites de la potestad jurisdiccional a la hora de determinar los efectos derivados de la anulación de la adjudicación de un contrato.
Donde no haya especificidad, la Ley comprende diferentes posibilidades en la integración, como la concurrencia de empresas agrupadas en uniones temporales o la subcontratación.
El artículo analiza el tratamiento de las ofertas anormalmente bajas en los contratos públicos de obras y sostiene que parte del problema radica en el diseño actual de la oferta económica, normalmente limitada a una cifra global o porcentaje de baja sin justificación estructurada. Frente a ello, propone sustituir este modelo por una oferta económica desagregada, presentada mediante catálogos electrónicos o archivos interoperables tipo BC3, que incorporen precios unitarios y parámetros de cálculo. La propuesta encuentra respaldo en la Directiva 2014/24/UE y resulta funcionalmente compatible con la LCSP. Su adopción permitiría reforzar la transparencia, mejorar la comparabilidad entre ofertas, anticipar el control de viabilidad económica y automatizar la detección de anomalías presupuestarias. En definitiva, se defiende una evolución desde un control correctivo ex post hacia una prevención estructural del riesgo contractual.
La Comisión de la UE ha propuesto incorporar la resiliencia en la contratación pública como una exigencia concreta y evaluable. Con ello, la Comisión deja claro que el suministro de medicamentos críticos no puede seguir dependiendo de modelos centrados solo en el precio. Aunque el foco está en la industria farmacéutica, el mensaje es evidente y este enfoque podría replicarse en la compra de tecnología sanitaria, un sector sometido igualmente a gran presión. Un movimiento con potencial de reconfigurar el ecosistema de compra sanitaria en Europa.
Nuestros colaboradores
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Doctoranda en Derecho Administrativo en la Universidad de Zaragoza -
Profesor titular de Derecho Constitucional. Abogado. Secretario Superior de Administración Local y Administrador General de la CCAA de Canarias (excedente). -
Subdirector de la Subdirección de Identificación de Riesgos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - Perú -
Asociado del Área de Derecho Administrativo y Regulatorio del Estudio Figueroa Abogados y Subdirector de Investigación del Círculo de Arbitraje con el Estado. -
Director de compras, inversiones y contratación de servicios en la Corporación Pública Empresarial de Navarra, S.L.U -
Contratada predoctoral e investigadora del Grupo Dcho. Público Global, Área de Dcho. Administrativo, Facultad de Dcho. de la Univ. de A Coruña. -
Responsable del área de Corporate Compliance de AGM Abogados


