Opinión
La existencia de interpretaciones divergentes del art. 63 TRLCSP genera inseguridad para los gestores de contratación para los operadores económicos
Este primer encuentro fue organizado el pasado mes de diciembre por el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
...supongo que estoy desconcertado por el hecho de que las dos Instituciones Comunitarias que deben cooperar en la adopción de nueva legislación puedan trabajar en paralelo y de una forma tan descoordinada....
La crisis exige reformas en profundidad –y no mero “maquillaje”- de la normas administrativas para implantar una nueva gobernanza pública que incorpore como paradigmas de la gestión la eficacia, eficiencia e integridad
Se debe criticar el hecho de no haber sabido aprovechar la oportunidad para particularizar el límite cuantitativo de las modificaciones en función del contrato o concesión en proporción a la magnitud y duración del contrato en cuestión.
La nueva versión de la Propuesta de Directiva sobre contratos públicos parece incluir a los partidos políticos dentro de su ámbito de aplicación al contemplar la exclusión únicamente de ciertos contratos de servicios, cuando sean celebrados por los partidos en el marco de las campañas electorales ¿y el resto de contratos?
Nuestros colaboradores
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Asesor en el Ministerio del Deporte de Ecuador. -
Personal investigador en formación (FPU-MECD) en el área de Dcho. Admvo. de la Univ. Pablo de Olavide de Sevilla. Doctorando en Dcho. Admvo. -
Abogado, Socio director de la boutique legal LORENZO HERNANDO ABOGADOS, especializada en Derecho administrativo -
Secretario General del Ayuntamiento de Sabadell. -
Investigadora de Tiempo Completo en la Coordinación de Humanidades de la Universidad Nacional Autónoma de México -
Profesor Titular de Derecho Administrativo en la Universidad de Lleida. -
Abogada Asociada Senior del Departamento de Contratación Pública y Litigación Administrativa de la Firma Jurídica VERUM&CO Abogados


