Opinión
Artículo de opinión de Joaquín Tornos Mas, catedrático de Derecho Administrativo (UB), y Francesc Valdivia Poch, profesor de Derecho Administrativo (UB).
Se acaba de publicar la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética (LCCTE), BOE 21 de mayo 2021. Incluyo aquí un breve extracto (con algún añadido nuevo) de un trabajo más amplio que se encuentra en fase de publicación (“Cambio climático y contratación pública: estado de la cuestión y perspectivas de futuro”) 1.
Las organizaciones internacionales gozan de una serie de privilegios e inmunidades que les confieren sus acuerdos constitutivos o un tratado general. En base a estas estipulaciones, y con el objetivo último de garantizar su total independencia, gozan de inmunidad funcional, lo cual incluye la inmunidad frente a la jurisdicción de los Estados nacionales y una inmunidad general frente a las acciones legales en los tribunales nacionales. La realidad actual nos muestra, como expondremos, un escenario con inadecuados procedimientos de recurso interno, la imposibilidad de acudir a una jurisdicción o tribunal externo, y mecanismos de compensación insuficientes.
Nuestros colaboradores
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Asesor jurídico en materia de Contratación Pública -
Socio del Área de Derecho Público en RSM Spain en Valencia. -
Catedrático de Derecho Administrativo. Universidad Pública de Navarra -
Subdirectora general de Seguimiento y Evaluación de la Contractación Pública. Secretaria de Transparencia de la Generalitat de Catalunya. -
Abogada de la Generalitat Valenciana -
Abogado e Interventor. Profesor colaborador en Universitat Oberta de Catalunya. -
Profesor principal en la Maestría de Derecho Administrativo y Contratación Pública, de la Universidad Andina Simón Bolívar – Sede Ecuador.


