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Obcp - Opinión

Opinión

21/09/2020

Así como del RDLeg. 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

30/07/2020
Aina Salom Parets
Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat de les Illes Balears. Vicedecana de la Facultad de Derecho. Coordinadora de los estudios de derecho en las Sedes Universitarias de Menorca e Ibiza y Formentera.
27/07/2020
Fernando Acuña
Técnico de Administración General del Ayuntamiento de Cádiz

El principio de integridad debe guiar siempre la actuación de la administración pública, especialmente en los procesos de contratación, donde las entidades privadas se lucran con fondos públicos. Sin embargo, apenas se aplica a las empresas que licitan con el sector público. Las empresas que cometen graves vulneraciones de derechos humanos no tienen expresamente prohibido contratar con la administración y el procedimiento para aplicar el resto de prohibiciones no funciona. Aun así, hay alternativas, cuya competencia reside en cada poder adjudicador.

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