Image
Obcp - Opinión

Opinión

23/04/2012

La nueva Directiva crea un procedimiento de licitación con negociación que sustituye al procedimiento negociado.

16/04/2012

Las CCAA han ido creando, con una lentitud quizá marcada en parte por la actual coyuntura económica, sus respectivos Tribunales Administrativos de Recursos contractuales

09/04/2012

El nuevo Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 2011, continúa como sus predecesores conteniendo escasas previsiones sobre la colaboración público-privada institucional en el marco de una sociedad de economía mixta, que relega a una Disposición adicional, la décimo novena

26/03/2012

Titular estas líneas “el colapso de la contratación administrativa” puede resultar sensacionalista, pero para mí no deja de tener mucho sentido. Creo que actualmente la contratación administrativa es casi impracticable en términos de agilidad procedimental.

19/03/2012

Con fecha 19 de marzo de 2012, se publica en el Boletín Oficial de Aragón la Ley 3/2012, de 8 de marzo, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. La Ley incluye en el Titulo II dedicado a las medidas administrativas, distintas modificaciones legislativas, con el objetivo de dinamizar la actividad de determinados sectores económicos, simplificar trámites y suprimir cargas administrativas en los procedimientos y de abordar algunos aspectos organizativos. Dentro de estas medidas, se incluyen algunas relativas a la contratación pública por la importancia que esta despliega para particulares y empresas, para ello se incorporan en el articulo 33 varias modificaciones de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.

12/03/2012

Tras los intentos, de escaso éxito, por parte del Real Decreto-ley 5/2009, de 24 de abril y del Real Decreto-ley 8/2011, de 1 julio, el pasado 25 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, en el que se prevé nuevamente un mecanismo para facilitar el pago a los proveedores por parte de las entidades locales (y organismos y entidades dependientes de ellas) y atajar así lo que se ha convertido ya en un mal endémico de nuestro sistema; dicho mecanismo se ha hecho extensible además a las Comunidades Autónomas, a través del acuerdo alcanzado en el Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrado el pasado 6 de marzo de 2012.

05/03/2012

Al menos en el ámbito comunitario, la relación entre la normativa de contratación pública y el sistema de control de ayudas de Estado planteó desde los años 80 un intenso debate doctrinal acerca de su encaje y compatibilidad.

27/02/2012

La competencia para resolver los recursos especiales en materia de contratación pública y cuestiones de nulidad que se planteen en relación con contratos de Entidades locales viene determinada por las normas de las Comunidades Autónomas. Hasta el momento, lo ordinario ha sido que los órganos autonómicos creados para la resolución de esos recursos especiales asuman la competencia para resolver los recursos interpuestos contra los actos de las Corporaciones Locales que tengan sede en su territorio. Así sucede en Aragón, Madrid y Cataluña, y esa es, además, la regla a seguir en el supuesto de que no exista previsión expresa en la legislación autonómica, según se desprende del artículo 41.3 TRLCSP.

Nuestros colaboradores

  • Asociada principal del Departamento de Derecho Administrativo, Urbanismo y Medio Ambiente de Garrigues en Madrid
  • Subdirector de la Subdirección de Identificación de Riesgos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - Perú
  • Letrada de los Servicios Jurídicos del Departamento de Contratación de la Gerencia de Recursos del Ayuntamiento de Barcelona
  • Germán Martínez Montes
    Catedrático de proyectos de Ingeniería - Universidad de Granada.
  • Ángel Martín-Lagos Carreras
    Asesor jurídico, responsable de contratación y RRHH del Ayuntamiento de Ogíjares (Granada)
  • Marc Gil Van Beveren
    Asesor Jurídico. Profesor Derecho Administrativo /Contratación Pública (Universidad Nebrija).
  • Presidente & fundador de la ASMEDIS AC (Asociación Mexicana para Distribución Institucional de la Salud)