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Obcp - Opinión

Opinión

06/07/2026

La baja concurrencia en la contratación pública local no puede explicarse únicamente por la falta de empresas interesadas, por el precio o por la insuficiente publicidad de las licitaciones. En muchas ocasiones, el problema nace antes, en la fase de preparación del contrato y, especialmente, en la forma en que se diseñan los pliegos. 


En el presente artículo se analiza dos patologías opuestas, pero igualmente dañinas: el “pliego cutre”, que de tan simplificado no define nada y el “pliego bíblico”, que pretende regularlo todo hasta volverse ilegible, inverificable y disuasorio, pero frente a ambos modelos, cabe defender la necesidad de pliegos simples, visuales, proporcionados y ejecutables, capaces de reducir la incertidumbre, atraer a pymes y mejorar el control real en la fase de ejecución contractual.

29/06/2026

La implementación del nuevo modelo de certificación profesionaliza y valida las competencias de los compradores públicos, promoviendo buenas prácticas basadas en integridad, gestión por resultados, gestión de riesgos y gobernanza. Según los artículos 15 y 16 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, los compradores públicos deben certificarse en el nivel básico, intermedio o avanzado, siendo requisito para ser oficial de compra o integrar un comité, estar certificado en nivel intermedio o avanzado; y para ser responsable de la Dependencia Encargada de las Contrataciones – DEC, se exige estar certificado en nivel avanzado.

22/06/2026
Diana Antuña Valero
Directora Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Gijón , ostentando la dirección de la misma, la cual le corresponde el asesoramiento juridico municipal y defensa jurisdiccional del Ayuntamiento y sus entidades dependientes.

Formalidades en la adopción de las órdenes de continuidad. Especial referencia al Informe 2/2026 de la junta Superior de Contratación Administrativa de la Generalitat Valenciana. Consecuencias económicas derivadas de la adopción de las órdenes de continuidad.

17/06/2026

¿Es posible, una vez adjudicada la licitación, que el Contratista pretenda (dentro de las modificaciones plausibles del contrato), plantear una serie de cambios con respecto a la responsabilidad del contrato en lo referente a los daños y perjuicios expuestos?

09/06/2026

Comentario al Acuerdo 59/2026, de 18 de mayo, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.

08/06/2026

Autora: Nuria Garrido Cuenca, Catedrática de Derecho Administrativo de la UCLM. Máster en Derecho Sanitario y Bioética.

Nuria.garrido@uclm.es

 

Nuestros colaboradores

  • Director del Departamento de Derecho Público y Profesor de derecho Administrativo de la Universidad de Chile.
  • Head of Public Procurement of innovation en Zabala Innovation
  • Martín Ángel Gómez Rodríguez
    Técnico Superior Marítimo en la Dirección Provincial del ISM en Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).
  • Isabel Fernández Torres
    Profesora Titular de Derecho Mercantil en la Universidad Complutense de Madrid. Instituto de Derecho Europeo e Integración Regional. Vicerrectora de Relaciones Institucionales y Gabinete del Rector.
  • Gemma Enfedaque
    Secretaria Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalitat de Catalunya
  • Asesora legal en la Secretaría de Coordinación del Ministerio de Infraestructura de la Nación. Argentina
  • Director del Seminario de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México UNAM