Opinión
La integridad pública consiste, entre nosotros, en la alineación y adhesión a valores, principios y normas éticas compartidas para mantener y priorizar el interés público sobre los intereses privados en el Sector Público. En todo caso, la integridad es uno de los pilares fundamentales de las estructuras políticas, económicas y sociales y, por tanto, también en el ámbito de la contratación pública, es esencial para el bienestar económico y social, así como para la prosperidad de los individuos y de las sociedades en su conjunto.
Las mesas de contratación sirven como un órgano de asistencia imprescindible para los procedimientos mas complejos. En la alta carga de trabajo del personal que la conforma, sobre todo en la administración local, genera una serie de dificultades en su uso que dilatan el procedimiento de contratación. El legislador ha dicho hasta donde llega las funciones de la mesa en los procedimientos en los que resulta aplicable el artículo 150.2 de la LCSP. Interpretar la extensión de las funciones de estas mesas más allá de lo legalmente previsto, se ha convertido en una practica común, pero innecesaria.
Nuestros colaboradores
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Subdirector de la Subdirección de Identificación de Riesgos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - Perú -
Abogado. Área de práctica de Derecho Administrativo y Sectores Regulados. -
Interventora Delegada en las Artes, Deportes, Turismo, Presidencia del Pleno y Coordinación General de la Alcaldía del Ayuntamiento de Madrid. -
Director Provincial de Muface en Asturias -
Catedrática de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha -
Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. -
Catedrático de Derecho Administrativo. Universidad Pública de Navarra


